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En tiempo récord, Rafael Uribe recibió aumento de condena a 58 años


Tribunal de Bogotá subió la pena ante agravantes por el secuestro y acceso carnal a Yuliana Samboni.

Menos de un año le tomó a la justicia condenar en primera y segunda instancias al arquitecto Rafael Uribe Noguera por el crimen de la niña Yuliana Samboni.

El desarrollo del caso, que sacudió al país por su crueldad y las condiciones tanto de la víctima como del victimario, es atípico, 
si se tiene en cuenta que otros procesos que están en el Tribunal Superior de Bogotá llevan varios años y ni siquiera tienen ponencia para fallo.
¿Qué hizo que la justicia funcionara en este episodio? La presión de la opinión pública; la rapidez de la Policía y la Fiscalía para recabar las evidencias, que se pierden en la medida en que transcurre más tiempo desde los hechos. Otro factor, según el exvicefiscal Francisco José Sintura, es que en la investigación hubo evidencias concretas, como los videos que mostraban cómo Uribe había raptado a la menor. 

La condena de 51 años y 8 meses de prisión contra Uribe Noguera llegó al Tribunal el 25 de abril y el jueves se resolvió en segunda instancia, aumentando la pena de 52 a 58 años de cárcel. La multa pasó de 100 salarios mínimos a 1.223.

El jueves, los representantes de la familia Samboní señalaron que aunque la decisión será de los familiares de la víctima, no creen que el caso se lleve a casación ante la Corte Suprema de Justicia, con lo que el proceso ya quedaría ejecutoriado.

Durante la lectura de fallo, el magistrado Jairo José Agudelo Parra, ponente de la decisión, afirmó que se trataba de un proceso contra “un hombre que ha transgredido injustificadamente y gravemente la ley”. Explicó que la pena se aumentó porque en el fallo de primera instancia no se tuvieron en cuenta los agravantes en los delitos de secuestro simple agravado y acceso carnal abusivo.
“Es un mensaje para la sociedad y el reo, para que se abstenga de volver a delinquir, lo que es otra forma de proteger a la comunidad
Añadió que el acceso carnal asociado con un delito como el feminicidio es “aberrante, con mayor razón cuando la víctima no se podía resistir al ataque”.

Por ello, consideró que la pena tenía que incrementarse, pues “no solo se arruinó una vida, se devastó una familia desamparada, sino que la sociedad entera se vio afectada y estremecida en su ser (…). Se trata de hechos que por su gravedad y modalidad nunca deberían suceder, pero suceden, y entonces hay que sancionar con todo el rigor de la ley”.

Igualmente señaló que la Judicatura está “frente a la brutal comisión de tres delitos frente a una menor de edad cuya extrema gravedad es evidente, por lo que el aumento de la pena es más que justificado”.

El magistrado indicó que la condena de 58 años de prisión representa “un elemental acto de justicia y de respeto por la víctima” y es un mensaje para la sociedad y el reo, “para que se abstenga de volver a delinquir, lo que es otra forma de proteger a la comunidad”. 

Ni Uribe Noguera ni su defensa hicieron presencia en la lectura de fallo. 

Publicado por:
EL TIEMPO 





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